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Tasas retributivas de servicios por actuaciones judiciales prestadas en todas las jurisdicciones jud Artículo 14 ter Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/04/2024

Tasas retributivas de servicios por actuaciones judiciales prestadas en todas las jurisdicciones judiciales La Rioja
Artículo 14 ter.

Normas de determinación del Monto Imponible de las Tasas de Justicia: Para la determinación de la tasa de justicia se tomarán en cuenta los siguientes montos:

a) En los juicios en los cuales se reclaman sumas de dinero, el monto de la pretensión al momento del ingreso de la tasa, comprensivo del capital y, en su caso, de la actualización, multa e intereses devengados, si se hubieren reclamado.

b) En los juicios de desalojo el valor actualizado de seis (6) meses de alquiler, según la alícuota del Artículo 16°, Inciso g).

c) En los juicios en los que se debatan cuestiones sobre inmuebles, el mayor valor que resulte de comparar la valuación fiscal actualizada y el valor real o de mercado informado por las partes o los peritos (Artículo 16°, Inciso h.1).

d) En los juicios donde se debatan cuestiones sobre bienes muebles u otros derechos creditorios susceptibles de apreciación pecuniaria el valor se tomará como está establecido en el Artículo 16°, Incisos h.2), h.3), h.4), h.5), h.6) y h.7) de la presente ley.

e) En base al activo que resulte del acervo hereditario transmitido, en los juicios sucesorios. Si se tramitaran acumuladas las sucesiones de más de un causante se aplicará el gravamen, independientemente, sobre el activo de cada una de ellas. En los juicios de inscripción de declaratorias, testamentos o hijuelas de extraña jurisdicción, sobre el valor de los bienes que se tramiten en la Provincia, aplicándose la misma norma anterior en el caso de tramitaciones acumuladas.

f) En base al activo verificado del deudor, en los concursos preventivos, quiebras y concursos civiles de conformidad con la alícuota fijada en el Artículo 16°, Incisos d) y e). Cuando se terminen los juicios sin haber llegado a la verificación, en base al activo denunciado. En los juicios de quiebra promovidos por acreedores, en base al monto del crédito en que se funda la acción. En caso de declararse la quiebra, lo abonado se computará a cuenta de la tasa que le corresponda en total.

g) En los juicios de división de bienes comunes, en base al valor de los bienes que se dividen.

h) En las peticiones de herencia, sobre el valor que le pudiese corresponder al interesado, conforme a la petición.

i) En los juicios de rendición de cuentas, que no sean incidentales o parciales, sobre el monto de la rendición".



Provincia de La Rioja Artículo 14 ter Tasas retributivas de servicios por actuaciones judiciales prestadas en todas las jurisdicciones judiciales
Artículo 1 ...14 14 bis 14 ter 14 quater 15 ...25

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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